“La transformación de una problemática individual en una lucha colectiva y el proceso de organización de las personas afectadas y solidarias por la conquista del derecho a una vivienda digna son el eje vertebrador de las Plataformas de Afectados y Afectadas por la Hipoteca.”
Vidas hipotecadas
Esta Guía Básica ha sido elaborada a partir del libro Vidas hipotecadas de Ada Colau y Adrià Alemany (Angle editorial, Colección: Cuadrilátero de Libros) como una guía breve de primer contacto con los afectados y afectadas que vienen a vernos por primera vez.
Igualada, Anoia, 2012
Plataforma Afectats i Afectades per Hipoteques de l’Anoia
PRESENTACIÓN
–QUÉ SON LAS PAH?
La primera Plataforma de Afectados/as por la Hipoteca-PAH se constituye en Barcelona el 22 de febrero de 2009 ante las crecientes dificultades de una ciudadanía sobreendeudada que con el aumento de los tipos de interés primero, y del desempleo más tarde, se verá imposibilitada a hacer frente al pago de las cuotas hipotecarias. La plataforma surge para dar respuesta al drama que viven centenares de miles de familias ante la constatación de que el marco legal preestablecido está diseñado para sobreproteger los intereses de las entidades financieras en detrimento de la parte más débil e indefensa del contrato hipotecario, que es, precisamente, la persona que se hipoteca.
–LAS PAH: UN ESPACIO DE ENCUENTRO COLECTIVO
Al contrario de lo que podríamos imaginar, las personas que acuden por primera vez a la PAH, más que enfadadas, se encuentran moralmente abatidas y se muestran, como mínimo al principio, resignadas.
Desorientadas, desatendidas por la Administración, amenazadas por las entidades bancarias y muy a menudo con cuadros depresivos, el proceso de ejecución se alza como una trituradora que arrasa con todo lo que se le pone por delante. Las familias se sienten culpables de la situación que atraviesan y la atribuyen a un fracaso personal. Probablemente, la sociedad en que vivimos, que mide lo que somos a partir de lo que tenemos, y nos dice que lo que tenemos es lo que merecemos, tenga mucho que ver en ello. Este proceso de culpabilización se acentúa si las personas tienen hijos a su cargo. La angustia, la tensión permanente y el insomnio se apoderan de sus vidas en un proceso que si no se encauza puede acabar en la desestructuración familiar.
En esta tesitura, muchas familias se acercan a la plataforma con una necesidad imperiosa de hablar y de ser escuchadas. Así que, después de vencer un primer momento de timidez, buscan la manera de exteriorizar este magma de emociones que los invade.
Por tanto, el primer objetivo de la PAH es generar un espacio de confianza y comunidad a través de las reuniones presenciales, que dé a estas personas la oportunidad de expresarse y compartir con otras su experiencia. Construir este espacio y poner en común las vivencias personales es vital para que los afectados tomen conciencia de la dimensión colectiva de su problemática y del hecho de que hay elementos estructurales que condicionan nuestras decisiones. El proceso de desculpabilización es un paso necesario y previo al empoderamiento. Además, generar este espacio de encuentro y seguridad contribuye a la vez a romper con la lógica de una sociedad atomizada y altamente competitiva. En la medida en que la sociedad que nos rodea está desgarrada y fragmentada, la PAH quiere constituirse a sí misma como un espacio de apoyo mutuo y solidaridad que antepone el bien colectivo al interés individual. Y es que en la medida en que la PAH consiga avanzar, estaremos avanzando todos juntos.
–AYUDA MUTUA Y ASESORAMIENTO COLECTIVO
Conscientes de que las soluciones al drama hipotecario han de venir desde el ámbito de la política, pero sabedores de que las medidas pueden tardar en llegar, las PAH han de construirse también como un recurso útil para las personas afectadas y dar algún tipo de respuesta a las necesidades concretas e inmediatas de las familias, que no pueden esperar de brazos cruzados a que lleguen los cambios legislativos. Para abordar esta necesidad sin romper con la dinámica colectiva de las asambleas nace el asesoramiento colectivo.
El tratamiento de los casos en asambleas colectivas es una característica constitutiva de las PAH, y ha demostrado ser una herramienta imprescindible y transformadora que ayuda a los afectados a hacer frente con mayores garantías a una problemática que a menudo los desborda, así como a perder el miedo, la vergüenza y el sentimiento de fracaso asociado al proceso.
El asesoramiento colectivo, en detrimento de una aproximación a los casos asistencial e individual, obedece a diversas razones. En primer lugar, contribuye a construir un espacio de confianza y a reforzar el sentimiento de comunidad, así como a tender puentes de solidaridad entre los afectados. La experiencia constata que las personas se preocupan por la situación de los otros en la medida en que perciben que los demás se preocupan de manera recíproca por su propio caso.
Generar un espacio de confianza y comunidad se convierte, por tanto, en un requisito previo para empoderar a los afectados, capacitarlos tanto técnica como emocionalmente, y poder elaborar estrategias a la hora de negociar con las entidades bancarias respectivas.
En segundo lugar, este enfoque produce un efecto amplificador. El hecho de compartir colectivamente las experiencias permite socializar herramientas y conocimientos. De esta manera, el afectado ya no es un sujeto pasivo ni una víctima asistida por un experto, sino que se convierte en un sujeto activo transmisor de conocimientos, que con el tiempo reúne las condiciones y las habilidades necesarias para asesorar a su vez a otras personas. Desde su creación, en febrero de 2009, se han constituido más de 50 plataformas locales, una buena parte impulsadas y dinamizadas por personas afectadas formadas en las asambleas colectivas. Esta metodología de trabajo tiene, pues, un retorno muy superior al clásico asesoramiento individual y un efecto multiplicador que permite llegar a un mayor número de personas. Que los ciudadanos comprendan lo que les sucede, se corresponsabilicen de las decisiones, conozcan sus derechos y aprendan a defenderlos es uno de los objetivos de la plataforma, que entiende que una ciudadanía bien informada es una condición necesaria para una democracia saludable.
En tercer lugar, esta aproximación a los casos resulta más eficaz. Dada la legislación actual, cualquier negociación que se entable con el banco o la caja (ya sea pactar unas nuevas condiciones de pago asumibles o negociar la dación en pago, o que la familia ex propietaria pueda permanecer en la vivienda ejecutada en régimen de alquiler) depende única y exclusivamente de la predisposición y de la voluntad de la entidad financiera. Ante esta situación, de poco sirve un asesoramiento si no va acompañado de otras formas de presión. El seguimiento colectivo de los casos y de las acciones de acompañamiento que hace la asamblea es uno de los mecanismos más eficaces para nivelar la relación de fuerzas desigual que se da entre las partes en conflicto. Del mismo modo, la denuncia pública a través de los medios de comunicación y la imagen negativa que se proyecta sobre la entidad en cuestión se convierte en otro elemento clave de la negociación entre banco y afectado.
Estos elementos reconfiguran el sistema de incentivos y facilitan una solución satisfactoria para los afectados. O, como mínimo, contribuyen a disuadir a las entidades financieras de posibles abusos de poder, de malas prácticas o de ejercer un trato indigno, amenazador y denigrante hacia los afectados, así como de ofrecer soluciones lesivas para sus intereses (refinanciaciones suicidas, préstamos personales con intereses desorbitados, etc.).
–OBJETIVOS, PROPUESTAS Y CAMPAÑAS
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca nació con tres grandes objetivos principales: conseguir la dación en pago, paralizar los desahucios poniendo fin a la violencia que supone dejar en la calles a miles de familias, y convertir las viviendas hipotecadas en alquileres sociales. En base a estos objetivos se han ido diseñando las diferentes campañas de la plataforma, que han alcanzado mucho eco y un apoyo social incuestionable.
Cuando las leyes son injustas, desobedecerlas no sólo es un derecho, sino un deber de la ciudadanía. Paralizar un desahucio desafiando una orden judicial es una acción de desobediencia civil y un deber de justicia de la población hacia sus iguales. Una desobediencia que no es gratuita, ya que encuentra amparo en una legalidad superior sistemáticamente violada por el Estado español: la de los derechos humanos. En efecto, las ejecuciones hipotecarias y los desahucios masivos por razones económicas en el Estado español violan, entre otros, el artículo 24 sobre la tutela judicial efectiva y el artículo 47 sobre el derecho a la vivienda de la Constitución española; el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y el artículo 11 del PIDESC ratificado por el Estado español, y más concretamente las Observaciones Generales del comité DESC de Naciones Unidas número 3 (obligaciones de los estados miembros), número 4 (derecho a una vivienda) y número 7 (prevención de desahucios forzosos).
Dicho con un poco más de gracia, y en palabras del escritor José Luís Sampedro, “hay que respetar las leyes, siempre que las leyes sean respetables”. Y si, además de leyes poco respetables, nos encontramos con una dejadez absoluta de las funciones por parte de la Administración democrática, que en principio debería intervenir para garantizar los derechos de la ciudadanía y en particular de los más vulnerables, se entiende fácilmente el amplio consenso social que ha despertado esta práctica.
ASPECTOS LEGALES
FASE 1: DEJAR DE PAGAR
Esta es la fase en que aún no hay ningún procedimiento judicial. Comienza en el momento en que todavía estás pagando pero ves que pronto no podrás hacerlo, y se alarga durante aquellos meses en los que ya has dejado de pagar pero la entidad está más o menos abierta a una negociación antes de recurrir al procedimiento. Normalmente, las entidades esperan como mínimo tres meses antes de iniciar el procedimiento formal, pero hay que saber que con sólo un impago ya se puede iniciar dicho proceso. El interlocutor principal en esta fase es la entidad financiera y es con ella con quien has de negociar. Has de saber que, mientras estés pagando, difícilmente la entidad te ofrecerá ninguna solución alternativa; paradójicamente, cuanto más responsable quieres ser, menos caso suelen hacerte las entidades. Así, es probable que, previendo que llegará un momento en que no podrás pagar, te acerques a tu oficina para plantear la situación, pero como mucho obtengas por respuesta una frase genérica del tipo “intenta pagar” o “no podemos hacer nada”.
–CUÁNDO DEJAR DE PAGAR?
Una decisión que sólo puede tomar la persona directamente afectada es el momento en que se deja de pagar, si es que no se ha hecho ya por incapacidad total de pago. Excepto en este último caso, a menudo nos encontramos personas que ante la angustia que supone un procedimiento de ejecución y desahucio, piden dinero a familiares o a otras personas de confianza para seguir pagando la hipoteca; o, aún peor, dejan de pagar necesidades básicas (comida, agua, luz, gas) para seguir pagando la cuota; finalmente, otra situación habitual es la de personas que siguen pagando, destinando casi la totalidad de la prestación por desempleo, sabiendo que cuando dejen de recibir la prestación ya no podrán pagar.
Sólo vosotros podéis decidir cuándo dejáis de pagar, pero a partir de nuestra experiencia, nos atrevemos a sugeriros tres cosas:
1) Ninguna casa, ninguna hipoteca y ninguna entidad financiera merecen el sacrificio de vuestra familia o de vuestra estabilidad; la salud es lo primero, no dejéis de atender nunca las necesidades básicas para pagar la maldita hipoteca.
2) Si veis claramente que pronto llegará el momento en que no podréis pagar (por ejemplo, dentro de tres meses, cuando se acabe la prestación por desempleo), pensad que todos los meses que dejéis de pagar ahora son dinero que os ahorráis y que podéis destinar al cuidado de vuestra familia. Si sabéis con seguridad que dejaréis de pagar, hacedlo ya, dado que pagar algunas mensualidades más no disminuirá la deuda final.
3) Una vez lo hayáis decidido, encontrad la parte positiva y no os angustiéis más. Hasta llegar aquí, habéis hecho todo lo que habéis podido.
Y un último consejo: no creáis a los directores de oficina que os digan que “vayáis poniendo lo que podáis en la cuenta”, que “así la entidad verá que tenéis buena voluntad”. En cuanto se deja de pagar la totalidad de una cuota estáis incumpliendo el contrato, entráis en mora y comienzan a correr unos intereses muy elevados. Por lo tanto, excepto si acordáis por escrito una carencia o reducción de cuota, “ir poniendo lo que se pueda” significa perder el dinero que se ingresa sin que ello detenga los intereses ni –cuando la entidad lo decida- el inicio del procedimiento judicial.
–LA NEGOCIACIÓN CON LA ENTIDAD FINANCIERA
Tanto si en vuestra oficina son amables como si son indiferentes o agresivos, para empezar a negociar conviene que estéis tan tranquilos como sea posible. En el momento que consideréis oportuno (antes o después de dejar de pagar), dirigíos al director de la oficina y comunicadle vuestra situación y vuestra propuesta de solución. Lo ideal es que lo hagáis presencialmente y llevándolo por escrito, con dos copias, una para la entidad y la otra para que os la sellen. Si lo que queréis solicitar es la dación en pago, podéis utilizar el modelo de escrito que encontraréis en la web de la PAH. Si el director os dice que no está en sus manos, pedidle que lo tramite a la central pero acompañándolo de una recomendación suya: eso seguro que lo puede hacer.
A partir de aquí, como en toda negociación, se trata de aplicar el sentido común y una técnica de escalada: de menos a más, iremos aumentando el tono de nuestra insistencia. Una vez presentada nuestra propuesta de, por ejemplo, dación más alquiler del piso, hay que esperar a que nos den una respuesta.
No hay un tiempo predefinido para que nos respondan; a veces tardan poco, pero lo más habitual es que tarden semanas, e incluso meses. No tengamos prisa: mientras estemos negociando, raramente la entidad comenzará el procedimiento judicial, y por tanto es tiempo que estamos ganando en el piso sin tener que pagar. Pero lo más habitual es que no acepten nuestra propuesta de dación a la primera y, en cambio, nos presionen para que encontremos el dinero para pagar como sea, o bien que nos ofrezcan una refinanciación o un préstamo personal que harían aún más grande la pelota de la deuda, y que nunca deben aceptarse.
Con calma y firmeza, expliquemos a nuestro interlocutor que quizás no nos ha entendido: nuestra situación requiere una dación en pago, así que será mejor que lo vuelvan a valorar. Si es necesario, les volvemos a presentar la petición por escrito. Y si nos dicen que es “imposible”, demostremos que estamos bien informados, explicando que nos hemos asesorado y que sabemos que, en otros casos, esta misma entidad ha hecho daciones.
En este punto también podemos utilizar los recursos de la Administración para reforzar nuestra petición; por ejemplo, adjuntando a nuestra petición un estudio socioeconómico de servicios sociales donde se acredite que no tenemos recursos. O solicitando al Servicio de Mediación de la Generalitat OFIDEUTE que contacten con la central de nuestra entidad para apoyar nuestra demanda. Cuanta más documentación podáis aportar, involucrando a tantas administraciones como sea posible, mejor. No tanto porque vayan a ser especialmente útiles, sino como demostración de nuestra determinación.
Es necesario que les hagáis entender que ya no tenéis miedo, que habéis comprendido que si ya lo tenéis todo perdido (la casa, una deuda de por vida) ya no os queda nada por perder.
Y así vamos insistiendo tantas veces como haga falta. Si no os hacen caso, podéis buscar ayuda y pedir acciones de apoyo a vuestra PAH más cercana. El apoyo colectivo da fuerza a los afectados que son menospreciados por algunas entidades financieras. Para los casos más extremos, en los que no nos quieren recibir o nos tratan mal, se puede recurrir a los medios de comunicación y denunciar el caso. También se pueden llevar a cabo acciones colectivas, uniéndonos con otras personas afectadas de la misma entidad para forzar una negociación colectiva.
FASE 2: INMERSOS EN EL PROCESO
Esta es la fase en la cual la entidad inicia un procedimiento para reclamar la deuda impagada. ¿Cuál es nuestro objetivo? Alargar tanto como podamos el procedimiento, por un doble motivo: primero porque, vaya como vaya, será tiempo que ganaremos en el piso; y segundo: cuanto más lo alarguemos, más tiempo tendremos para intentar forzar una negociación con la entidad. Pensad que por muy avanzado que esté el procedimiento, la entidad siempre puede detenerlo y llegar a un acuerdo con vosotros, así que no dejéis de negociar. En este punto pueden abrirse dos opciones: la vía judicial y la extrajudicial.
–LA VÍA JUDICIAL
Esta vía se inicia cuando recibís un burofax en vuestra casa (la casa hipotecada) en que se os informa de la cantidad que debéis y se os reclama el pago. Si en este momento no pagáis las cuotas pendientes más los intereses generados, el banco presentará una demanda en el juzgado y todas las personas que consten como titulares del préstamo recibirán la notificación de inicio del procedimiento de ejecución judicial. Es lo que se conoce como “el tocho”, ya que son una cantidad importante de papeles (la demanda, más la fotocopia del contrato de la hipoteca y el acta notarial en que se especifican las cuotas impagadas más los intereses de demora y las costas judiciales generadas).
Con esta notificación, el juzgado nos dará 10 días para pagar. Si no podemos pagar, se fijará la fecha de subasta de la vivienda hipotecada. Esta fecha será notificada a todas las personas titulares del préstamo como mínimo con 20 días de antelación, y también se publicará en el tablón de anuncios del juzgado para permitir que otras personas interesadas puedan participar en la subasta. Durante todo el procedimiento, y hasta el día y hora de la subasta, hay una única manera de pararlo (sólo válida para los casos de vivienda habitual): pagar la totalidad de lo que debíamos en el momento en que nos pusieron la demanda, más los intereses de demora y las costas judiciales, sin tener que pagar la totalidad de la deuda hipotecaria. Obviamente, en el actual contexto de crisis, quien deja de pagar es porque no puede hacerlo, y si no podía al principio, difícilmente podrá más adelante, cuando se han sumado los intereses. El día fijado, la vivienda saldrá a subasta por el valor de tasación que consta en el contrato hipotecario. En teoría, la ley permite que cualquier persona pueda participar. Pero en la práctica, con la crisis, casi todas las subastas quedan desiertas, y en este caso el banco puede adjudicarse la vivienda por el 60% del valor de tasación. En la mayoría de las hipotecas, esto supone dejar a la persona con una deuda considerable de por vida.
–Solicitud de justicia gratuita
El artículo 119 de la Constitución española reconoce el derecho a acceder a la justicia gratuita. La ley de 1996 que regula el procedimiento para acceder a esta justicia gratuita reconoce este derecho a todos los ciudadanos que no pueden pagarse la asistencia jurídica siempre que los ingresos por unidad familiar no superen el doble del IPREM vigente (en 2012, el IPREM es de 7.455,14 € anuales). La justicia gratuita, es decir abogado y procurador de oficio, se puede pedir en cualquier momento del procedimiento, y nos sirve para diversas cosas. En primer lugar, para estar personados y por tanto asegurarnos de que recibimos toda la información y tenemos oportunidad de presentar escritos. En segundo lugar, para ganar tiempo, ya que en el momento de solicitarla se detienen las actuaciones hasta que obtengamos respuesta y sepamos si nos la han concedido. En tercer lugar, para evitar que nos cobren las costas judiciales al menos durante el tiempo en que nuestras condiciones económicas no mejoren; se entiende que si se ha tenido acceso a la justicia gratuita para el procedimiento de ejecución tampoco se tiene dinero para pagar las costas judiciales.
Una desventaja de los abogados de oficio respecto de los privados es que no podemos escoger quién nos representa. Y por tanto, como en cualquier otra profesión, nos puede tocar alguien que se lo tome muy en serio, que nos escuche y que esté dispuesto a escuchar nuestras propuestas, o podemos tener la mala suerte de que nos toque alguien poco competente o ,peor todavía, poco motivado y resignado, convencido de que “no hay nada que hacer”. Si el abogado ni siquiera os informa, o pensáis que va contra vuestros intereses, podéis intentar pedir un cambio al colegio de abogados correspondiente.
Podéis pedir la solicitud de justicia gratuita en los juzgados o en los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) del colegio de abogados que os corresponda (podéis buscarlo en http://www.justiciagratuita.es/pjg/home.do).
–Recurso en caso de denegación de la justicia gratuita.
Si os deniegan la justicia gratuita podéis presentar un recurso en el plazo de cinco días a partir del momento en que os han notificado la denegación. Es habitual que, por una interpretación demasiado restrictiva, que sólo se fija en si vuestros ingresos superan el doble del IPREM, os la puedan denegar en un primer momento. Pero vale la pena hacer el recurso, ya que conseguiréis que estudien con más detenimiento vuestro caso y valoren todas las circunstancias (si tenéis personas a vuestro cargo, otros gastos, etc.). Para hacerlo, podéis utilizar el modelo disponible en la web de la PAH: http://www.afectadosporlahipoteca.com.
–LA VÍA EXTRAJUDICIAL
Si bien la vía judicial es la más utilizada por las entidades a la hora de realizar una ejecución hipotecaria, desde finales de 2011 las Plataformas de Afectados por la Hipoteca comenzaron a denunciar los casos de personas a las cuales las entidades reclamaban el impago de la hipoteca a través de una vía que hasta entonces era desconocida: el procedimiento extrajudicial.
Si la vía judicial ya ha sido ampliamente denunciada por injusta y expeditiva, la vía extrajudicial la supera. En primer lugar, porque es más rápida (se puede resolver en tres meses). En segundo lugar, porque se ejecuta ante notario y, por tanto, la persona afecta ni siquiera tiene derecho a la justicia gratuita, quedando en absoluta indefensión.
En tercer lugar, porque prevé un sistema de tres subastas que, si quedan desiertas, permite a la entidad adjudicarse la vivienda sin un tipo mínimo. Es decir, a partir de un euro. En la primera subasta, la vivienda sale por el 100% del valor de tasación; en la segunda, por el 75 %, y en la tercera, sin ningún límite fijado. Igual que las subastas judiciales, con la crisis todas las subastas extrajudiciales quedan desiertas, así que permiten a las entidades adjudicarse el piso por el importe que les parezca oportuno, quedando la persona con la deuda que no quede cubierta por este importe.
Finalmente, el Real Decreto Ley de 9 de marzo de 2012 modifica el procedimiento extrajudicial y, en los casos de vivienda habitual, lo equipara a la vía judicial, reduciéndolo a una subasta y fijando el tipo mínimo al 60%.
Si habéis dejado de pagar la hipoteca y alguien que dice ser de una notaría llama a la puerta de casa, no abráis ni recojáis ningún papel. La única manera de evitar la vía extrajudicial es no recogiendo la notificación notarial que os traen a casa. En este caso, la ley dice que el banco tendrá que ir por la vía judicial ordinaria. En cambio, si la recogéis, ya no habrá manera de parar el procedimiento. Recordad que, pese a que la adjudicación por vía notarial sea más rápida que la judicial, el notario no puede ejecutar la deuda ni desahuciaros. Para hacer esto, la entidad deberá de recurrir igualmente a la vía judicial, y en este caso podéis seguir los consejos previstos para la tercera fase.
FASE 3: UNA VEZ SUBASTADO EL PISO
Tal y como ya hemos comentado, una vez se produce la subasta, en el actual contexto de crisis en que las subastas quedan desiertas, tenemos un doble problema: la deuda restante y la amenaza de desahucio. Aunque es cierto que el piso ya no es nuestro y por tanto tenemos menos margen de maniobra, sigue vigente uno de los principales consejos: calma, mucha calma, porque el mundo no se acaba aquí. De hecho, las diferentes PAH del Estado han conseguido diversas condonaciones de deuda posteriores a la subasta, y se han parado decenas de desahucios. La clave es no rendirse.
Otra aclaración importante es que la realización de la subasta no implica el desalojo automático ni tampoco el embargo de la nómina y otros bienes. Para que ambas cosas sucedan, el banco deberá pedir al juez que dé la orden y vosotros tendréis que ser notificados con el suficiente tiempo de antelación.
Por lo que respecta a la deuda restante (la que no haya quedado cubierta por el precio de la adjudicación en la subasta, más los intereses y las costas judiciales), hay entidades que no la ejecutan inmediatamente. Respecto al desahucio es muy importante saber, para nuestra tranquilidad, que no puede suceder de un día para otro. No pueden aparecer policías por sorpresa en nuestra casa. La ley protege la inviolabilidad del domicilio, y echar a alguien de su domicilio sólo se puede hacer respetando unas mínimas garantías. Entre otras, la persona desahuciada debe ser notificada del día y la hora del desahucio con un mínimo de un mes de antelación. Pero, aunque no hay un plazo fijo, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados, entre la subasta y el desahucio suelen pasar entre seis y doce meses, a veces incluso más. Una vez llegada la fecha, hay diferentes recursos que nos pueden ayudar a posponerla aún más tiempo.
–Solicitud de justicia gratuita
Si no la habéis pedido en la fase anterior, podéis hacerlo ahora. En esta fase, igual que en la anterior, sirve para pedir que se pare el procedimiento hasta que se resuelva vuestra petición y, por tanto, os permite ganar tiempo. También os permitirá presentar recursos para pedir aplazamientos del desahucio.
–Presentación de recursos
Entre los profesionales del mundo jurídico (abogados, jueces y secretarios judiciales) hay muchos que están bastante resignados y, ante la dureza del procedimiento hipotecario actual, creen que no vale la pena hacer nada. Sin embargo, vale la pena insistir: no sólo porque estáis en vuestro derecho, sino también porque siempre se puede hacer algo. Como mínimo, ganaremos tiempo para seguir negociando con la entidad. Es habitual poder suspender al menos una vez el desahucio a través de un recurso pero muchas veces, si el juez que nos ha tocado tiene un mínimo de sensibilidad, se puede suspender una segunda e incluso una tercera vez.
–Demanda de la condonación de la deuda
Una vez subastada la vivienda, ya no es posible la dación en pago, precisamente porque ya no tenéis una vivienda que dar (dación) a cambio de la deuda. Pero en la medida en que la deuda final sólo depende del derecho y la voluntad de vuestro acreedor (la entidad financiera), este puede liberaros del compromiso siempre que quiera a través de una condonación. Por lo tanto, no tiréis la toalla y seguid presionando a vuestra entidad. La PAH ha conseguido diversas condonaciones, así que es perfectamente posible. Por otra parte, la PAH, junto con otras entidades, sigue trabajando para conseguir la dación en pago con efectos retroactivos: sumaos a estas movilizaciones; cuantos más seamos, más posibilidades tendremos de conseguirlo.
–Resistir al embargo
Mientras no se consiga la dación retroactiva o la condonación concreta de vuestra deuda, os pueden embargar, pero no todo. Aseguraos de que os aplican la última reforma de julio de 2011 y que no os embargan más de la cuenta: no os pueden tocar los primeros 962 € del sueldo, o si tenéis personas a vuestro cargo, el mínimo inembargable puede llegar a 1.347 €. A partir de estas cantidades hay una tabla progresiva de embargo. Si no os respetan este mínimo, acudid al juzgado a protestar y poned una queja al INSS. Lo mismo es aplicable a los avalistas, que también responden de la deuda con sus bienes presentes y futuros, incluyendo el patrimonio y los salarios.
Tanto a vosotros como a vuestros avalistas os pueden embargar no sólo la nómina, sino cualquier propiedad a vuestro nombre y vuestras cuentas corrientes. Sobre las propiedades, no se pueden cambiar de nombre una vez iniciado el proceso, ya que se consideraría un alzamiento de bienes (un fraude). Sobre las cuentas corrientes, una vez os ingresen la nómina con la retención proporcional del embargo ya hecha, retirad todo el dinero del banco. Si se queda allí unos días pueden considerar que deja de ser la nómina inembargable para convertirse en un bien embargable.
–Acudir a los servicios sociales
Aunque en unos municipios funciona mucho mejor que en otros, en general acudir a servicios sociales en esta fase os puede servir para dos cosas. Por un lado, pueden ayudaros a pedir la suspensión temporal del desahucio al juez. No es lo mismo que lo pidáis sólo vosotros que lo pidan desde el ayuntamiento, alegando que aún no han encontrado un alojamiento alternativo pero que lo están buscando. Si no os quieren hacer esta carta, como mínimo el documento acreditativo de que estáis haciendo estos trámites con ellos ya puede servir para dar un motivo de aplazamiento al juez. Por el otro, el ayuntamiento os puede ayudar a presionar a la entidad para que os deje quedar en la misma vivienda en régimen de alquiler asequible. Y si no lo consiguen, están obligados a ofreceros algún tipo de realojo adecuado para vosotros y para vuestra familia. Es posible que de entrada os digan que no tienen pisos públicos, pero insistid: si no tenéis recursos para acceder a otra vivienda, están obligados a evitar que os quedéis en la calle. En el peor de los casos, os ofrecerán una pensión temporal. Una advertencia: aunque sólo se ha producido en algunos casos puntuales, conviene saber que en alguna ocasión servicios sociales ha amenazado con quitar la custodia de los hijos menores en el caso de que se produjera el desahucio y la familia no tuviera una alternativa de vivienda estable. Si os pasara, no os asustéis y acudid rápidamente a denunciarlo a los medios de comunicación y al síndic de greuges, y proponed a la PAH más cercana o a otros grupos de apoyo que os ayuden a hacer acciones de denuncia y a dar visibilidad al caso.
–Resistir al desahucio
Una vez agotados los intentos de negociación con la entidad y las vías administrativas y judiciales para posponer el desahucio y/o conseguir un alquiler social asequible, si llega la hora del desahucio y no hay indicios de una solución satisfactoria, podemos resistir al desahucio como forma de posponerlo. La PAH tiene un protocolo detallado que permite parar desahucios de forma pacífica. Puesto que, desgraciadamente, se producen decenas de desahucios cada día, las comisiones judiciales encargadas de realizarlo lo tienen por una práctica rutinaria. Esto hace que, por regla general, ante una primera orden de desahucio no prevean dispositivos especiales, y simplemente se desplacen hasta la vivienda en cuestión un secretario judicial, un procurador del banco y como mucho una patrulla policial. Ante este escenario, resulta relativamente sencillo parar el desahucio. Simplemente con un grupo de personas que, de forma pacífica pero contundente, nos situemos delante de la puerta impidiendo el acceso de la comisión judicial. No es función del secretario judicial utilizar la fuerza física, y además, para que se utilice la fuerza tiene que haber una orden expresa del juez, además de la del lanzamiento o desahucio. Así pues, lo más habitual es que, ante la concentración, la comisión judicial decida suspender el desahucio; al volver al juzgado, debe notificar al juez la imposibilidad de llevarlo a cabo, y este tiene que fijar una nueva fecha que debe comunicarse a la persona o personas afectadas.
Una vez conseguido el aplazamiento (que suele ser de entre uno y cuatro meses, aunque en ocasiones ha sido de sólo dos semanas) no hemos acabado; al contrario: ahora es cuando se tiene que presionar más.
El mismo día de la suspensión, desde la PAH habitualmente aprovechamos que hay decenas de personas concentradas para –una vez tenemos la certeza de que se ha suspendido- salir en manifestación hacia el ayuntamiento o distrito: utilizamos la visibilidad que nos ha dado parar el desahucio y los medios de comunicación que nos puedan acompañar para exigir que algún responsable municipal nos reciba y asuma compromisos respecto al caso concreto y, si puede ser, en general que abra un canal de comunicación/intervención para otros casos similares. Más allá de la Administración local, también se pueden plantear cuestiones a la autonómica, y por descontado se pueden llevar a cabo diferentes acciones de presión a la entidad financiera. Finalmente, si por lo que fuera no conseguimos parar el desahucio, o no nos vemos con ánimos de hacerle frente, pero no tenemos ningún sitio al cual ir, queda la posibilidad de reocupar la vivienda.
Esta es una acción que cada día hacen más personas, no tan sólo como una forma de tener vivienda, sino como forma de denuncia pública del poco sentido que tiene dejar a las familias sin recursos en la calle mientras los bancos acumulan pisos vacíos para especular con ellos en el futuro. Evidentemente, esta acción puede comportar riesgos legales, incluso de tipo penal. Pero lo que ocurre en casi todos los casos es que se inicia un procedimiento nuevo que, meses después (incluso más de un año), acaba con un nuevo desahucio. El tiempo que ganemos dentro de la vivienda nos da un hogar y nos permite tener una carta más para negociar con la entidad: podemos irnos voluntariamente de la vivienda si nos condonan la deuda ilegítima.
RECAPITULANDO
Por muy complicada que sea vuestra situación… Por muy avanzado que esté el procedimiento… Recordad: cuando parece que todo está perdido, todo está por ganar. Decenas de casos que parecían imposibles de resolver se han ganado con la perseverancia y la solidaridad de centenares de personas que se están movilizando permanentemente a través de las diferentes Plataformas de Afectados/as por la Hipoteca.
RECURSOS ÚTILES
– Documento para solicitar la dación en pago: disponible en la web de la PAH. Sólo hace falta que lo personalicéis con vuestros datos y vuestras demandas: sólo dación o dación y petición de alquiler asequible. (www.afectadosporlahipoteca.com, apartado ‘Documentos útiles’)
– Documento para solicitar la justicia gratuita: disponible en la web de la PAH. Se puede solicitar antes o después del comienzo del procedimiento judicial. También hay disponible un documento per recurrir la denegación de la solicitud
–Documento sobre la cantidad inembargable de la nómina. Disponible en la web de la PAH. En este documento podréis hacer el cálculo de qué parte de los ingresos familiares os podrían embargar a partir del mínimo inembargable. (www.afectadosporlahipoteca.com.)
–Escrito de solicitud de condonación de la deuda dirigido a la entidad financiera. También disponible en la web de la PAH.
–Escrito para pedir que no se ejecute la deuda. Hay un modelo disponible en la web de la PAH que recoge las sentencias favorables que se han producido hasta ahora, invitando al juez a interpretar la ley como lo están haciendo muchas de estas sentencias.
–Recurso para pedir el aplazamiento del desahucio. También hay un modelo disponible en la web de la PAH. Tanto este recurso como el anterior los tiene que presentar vuestro abogado de oficio. Si no tenéis, o por lo que sea se niegan a hacerlo, id al juzgado e insistid en que os acepten el escrito. Si quieren os lo pueden coger.
–Mesa de emergencias sociales de Catalunya. Organismo creado en marzo de 2012 que, siguiendo el ejemplo de la ciudad de Barcelona, coordina las peticiones más urgentes de vivienda –por ejemplo, las de personas desahuciadas sin recursos– y busca una opción de realojo. Para acceder, hay que hacerlo a través de la Agència Catalana de l’Habitatge: http://www.agenciahabitatge.cat.
–Obra social La PAH: Si finalmente no podéis evitar el desahucio, la Administración no os ofrece un realojo digno y os planteáis la posibilidad de reocupar la vivienda, contactad con la PAH más cercana.
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· CONSELL COMARCAL DE L’ANOIA
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93 805 15 85
DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS
Cédulas de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es un documento que piden las entidades bancarias cuando se les presenta una dación en pago.
Horario de invierno: martes de 9 a 14h y jueves de 17 a 19h. Horario de verano: martes y viernes de 9 a 14h (del 15 de junio al 15 de setiembre).
· AYUNTAMIENTOS
SERVICIOS SOCIALES
Informes socioeconómicos
Los informes socioeconómicos sirven para demostrar cuál es nuestra situación individual o familiar actual.
· JUZGADOS
Passeig Mossèn Cinto Verdaguer, 113-117, 08700 Igualada
Juzgado núm. 1: 93 693 80 10
Juzgado núm. 2: 93 693 80 20
Juzgado núm. 3: 93 693 80 30
Juzgado núm. 4: 93 693 80 40
Solicitud de abogado de oficio
Solicitud de justicia gratuita
Juicios
En el Juzgado se puede pedir un abogado de oficio (en el caso de que no tengáis ninguno que os pueda representar). Pedid la justicia gratuita alegando imposibilidad de pago.
· OFICINA DE VIVIENDA DE IGUALADA
Plaça de la Creu, 18, 08700 Igualada
93 804 93 44
· REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE IGUALADA
Florenci Valls, 48, 08700 Igualada
93 803 11 18
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