En Diciembre de 2019 se aprobó una ley en el Parlament de la Generalitat. Esta ley es una remodelación de la Llei 24/2015 en la que se han ampliado algunos puntos.
Básicamente, si tu vivienda (con hipoteca, alquiler u ocupación) pertenece a un gran tenedor – un banco, fondo buitre, o a alguien con más de 15 propiedades que no sean VPO – antes del desahucio debe ofrecerte una alternativa de alquiler social en esa u otra vivienda. Para ello debes de llevar en la vivienda más de 6 meses antes de la aprobación de la ley. No es para casos nuevos.
En las asambleas de la PAH ofrecemos asesoramiento y apoyo para ver si en tu caso es aplicable esta ley o hay otras formas de mantener tu vivienda.
Más información sobre la ley pulsando aquí.
Las asambleas de la PAH-Anoia son cada miércoles a las 18:30 en Ateneu de la Xauxa C/Sant Ignasi 22 de Igualada